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Hazlo por ellos Protege el futuro de tu familia con el Seguro Social de Vida.

Para contratar tu seguro
Porque tu familia es lo más importante, queremos que te sientas tranquilo con el seguro Social de Vida por Muerte Accidental, dándoles la protección que necesitan.
Qué cubre ¿QUÉ CUBRE?
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¿QUÉ CUBRE?
Muerte Accidental: En caso de fallecimiento del asegurado titular, por consecuencia directa e inmediata de un accidente, se pagará el capital asegurado a los beneficiarios designados.
  • Este seguro lo descontarán de tu liquidación de sueldo en forma mensual.
  • Sólo se podrá cobrar el seguro si el asegurado titular sufre una muerte accidental.
  • Incorporación inmediata y sin exámenes médicos.
  • Seguro de carácter voluntario.
Qué no cubre ¿QUÉ NO CUBRE?
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¿QUÉ NO CUBRE

Principales Exclusiones

No se efectuará el pago de las cantidades establecidas en las coberturas cuando el fallecimiento o las lesiones del asegurado se produzcan en consecuencia de:
  • Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra.
  • Peleas o riñas, salvo en aquellos casos en que se establezca judicialmente que se ha tratado de legítima defensa.
  • Comisión de actos calificados como delito, así como la participación activa en rebelión, revolución, sublevación, asonadas, motín, conmoción civil, subversión y terrorismo.
  • Suicidio, intento de suicidio, o heridas causadas a sí mismo, ya sea estando en su pleno juicio o enajenado mentalmente.
  • Prestación de servicios del asegurado en las Fuerzas Armadas o funciones policiales de cualquier tipo.
  • Participación en carreras, apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados o sean la ocupación principal del asegurado.
  • Intoxicación o encontrarse el asegurado en estado de ebriedad, o bajo los efectos de cualquier narcótico a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica. Estos estados deberán ser calificados por la autoridad competente.
  • Desempeñarse el asegurado como piloto o tripulante de aviones civiles o comerciales, a menos que expresa y específicamente se prevea y acepte su cobertura por el asegurador.
  • Riesgos nucleares o atómicos.
  • Movimientos sísmicos desde el grado 8 inclusive de la escala modificada de Mercalli, determinado por el Servicio Sismológico del Departamento de Geofísica de la Universidad de Chile, o del servicio que en el futuro lo reemplace.
  • Anomalías congénitas, y los trastornos que sobrevengan por tales anomalías o se relacionen con ellas.
  • Infecciones bacterianas, excepto las infecciones piogénicas que sean consecuencia de una herida, cortadura o amputación accidental.
  • Hernias y sus consecuencias, sea cual fuere la causa de que provengan.
  • Tratamientos médicos o quirúrgicos distintos de los necesarios a consecuencia de lesiones o enfermedad cubiertas por esta póliza.
  • Hospitalización a consecuencia de embarazo o maternidad, alumbramiento o la pérdida que resulte del mismo.
  • Exámenes médicos de rutina.
  • Cirugía plástica o cosmética.
  • Cualquier tipo de enfermedad mental o nerviosa.
  • Curas de reposo.
  • Una infección oportunística o un neoplasma maligno, si al momento de la muerte o enfermedad el asegurado sufría del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida.
  • Tratamiento o cirugía dental, excepto a dientes naturales sanos, ocasionados por una lesión accidental.
Planes y Tarifas PLANES Y TARIFAS
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PLANES Y TARIFAS
Asegurado Cobertura Plan
 Titular  Muerte Accidental  UF 500
Prima Bruta
Mensual (*)
 
$808
UF 0,023
(*) Pesos equivalentes según el valor UF al 01/01/2023: 35122,26.
Requisitos:
  • Ser afiliado a Caja Los Andes.
  • Edad máxima de ingreso: 75 años y 364 días.
  • Edad máxima de permanencia: 80 años y 364 días. 
  • Seguro de carácter voluntario.
  • Descuento por planilla
Caso de Siniestro ¿QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTRO?
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¿QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTRO?
  1. El asegurado o beneficiario debe denunciar el siniestro en la sucursal  más cercana de Caja Los Andes, rellenando el Formulario de Denuncio y adjuntando la documentación solicitada en la Solicitud de Incorporación, dentro del plazo establecido.

    DOCUMENTACIÓN SOLICITADA:

    Cobertura Muerte Accidental:
    a) Formulario de denuncia de siniestros firmado por el Reclamante indicando número de la póliza.
    b) Certificado de defunción en original, o fotocopia legalizada indicando causa de muerte.
    c) Fotocopia de cédula de identidad del o los Beneficiarios.
    d) Copia solicitud de incorporación firmada por el asegurado indicando los beneficiarios o bien acreditando legalmente quienes revisten dicha calidad de conformidad a la ley. Para ello se requerirá:
    • Copia de la póliza o certificado de cobertura, en su caso, donde conste la individualización del beneficiario;
    • Copia de una declaración escrita del asegurado comunicada a la Compañía con posterioridad a la emisión de la póliza, donde conste la designación del beneficiario;
    • Copia del testamento donde se designe al beneficiario de la póliza;
    • Copia del auto de posesión efectiva debidamente inscrito.
    e) Copia del parte policial y/o Hoja atención de urgencia (según corresponde)
    f) Informe toxicológico y alcoholemia.
     
  2. En el caso que todos los documentos fueron entregados, se enviarán a la Compañía de Seguros.  Si faltó algún documento, el ejecutivo que recibió la documentación deberá solicitarle al asegurado o beneficiario el 100% de los documentos para luego entregar a la compañía de seguro, de esta forma evitará que el caso quede pendiente y/o rechazado.
     
  3. Compañia de Seguros ingresa el siniestro en el sistema, y tiene 10 días hábiles para notificar al asegurado o beneficiario el estado de su denuncio.
 
PLAZO AVISO DE SINIESTRO:
 
Se establece un plazo de aviso de 180 días corridos siguientes a la fecha en que se haya producido el hecho.
Bases Legales
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