Entregar documentación de siniestros directamente en la red de sucursales de Caja Los Andes
1 Formulario de denuncio de siniestro firmado por el Asegurado, indicando N° de Póliza y cobertura siniestrada.
2 Fotocopia de cédula de identidad del Asegurado, por ambos lados.
3 Certificado de las últimas 12 cotizaciones de AFP o Certificado del subsidio de cesantía (Caja de Compensación o INP) que acredite 31 días de condición de desempleo para lo cual la fecha de emisión del certificado debe ser igual o posterior al día 25 del mes subsiguiente a la fecha de siniestro (desempleo). El período consultado en el certificado debe incluir las cotizaciones del mes de emisión hacia atrás, es decir, debe incluir los meses sin cotización.
4 Fotocopia legalizada del finiquito que debe contener obligatoriamente siguiente leyenda o timbre: "Leyó y ratificó ante Mi ...", "Leyó, firmó y ratificó ante Mi ...." o similar.
En ausencia del Finiquito del empleador, el Asegurado podrá adjuntar copia de:
- Acta de Comparecencia emitida por la Inspección del Trabajo, que indique causal y fecha de despido.
- Avenimiento celebrado y aprobado por el Juzgado Laboral correspondiente donde se establezca la causal y fecha de despedido.
- Sentencia judicial ejecutoriada dictada por el Juzgado Laboral correspondiente donde se establezca la causal de despido.
- Carta del Liquidador Concursal o Síndico de Quiebras cuando corresponda complementada con certificado de AFP con RUT pagador o copia del contrato de trabajo o Certificado de quiebra de Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.
- Carta con la firma de la autoridad internacional correspondiente con indicación expresa de causal y fecha de despido (aplicable a trabajadores que mantengan un vínculo laboral con Embajadas o Consulados u otros organismos internacionales).
5 Para el caso en que el trabajador impugne judicialmente la causal de despido alegada por el empleador, deberá denunciar el siniestro, adjuntando una copia de la demanda por despido injustificado, caso en el cual la Compañía pagará la indemnización correspondiente, sólo una vez que se encuentre ejecutoriada la sentencia que declare injustificado el despido.
6 En el caso de empleados públicos, docentes y miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden, copia legalizada del Decreto o Resolución del organismo que corresponda en el que se pone término a la relación laboral